IMSS y atención médica
Cómo pedir una cita en el IMSS
Publicado el · Actualizado el · 4 min de lectura
Cuento lo que viví como paciente. No sustituye la opinión de tu médico.
En este artículo
Lo importante en 30 segundos
- Puedes pedir cita por la app IMSS Digital, el portal en línea, el teléfono 800 681 2525 o de forma presencial en tu Unidad de Medicina Familiar (UMF).
- Necesitas tu NSS, tu CURP o correo electrónico, y tener vigencia de derechos activa.
- La vigencia de derechos es lo que indica si el IMSS te puede atender en ese momento; depende de que tu patrón esté pagando tus cuotas.
- Si perdiste la vigencia de derechos, la Continuación Voluntaria NO te da servicio médico; para eso necesitas Incorporación Voluntaria o el Seguro de Salud para la Familia.
- Si te quedas sin trabajo y cotizaste al menos 8 semanas seguidas, conservas la atención médica durante las 8 semanas siguientes.
Cómo sacar una cita
Tienes cuatro formas de pedir cita:
- App IMSS Digital, disponible las 24 horas.
- Portal en línea (citamedicadigital.imss.gob.mx), también disponible las 24 horas.
- Teléfono 800 681 2525: de lunes a viernes de 8:00 a 20:00, y fines de semana y días festivos de 8:00 a 14:00. Te van a pedir tu CURP y tu NSS.
- Presencial, en tu Unidad de Medicina Familiar asignada.
Para cualquiera de estas opciones necesitas tu Número de Seguridad Social (NSS), tu CURP o un correo electrónico, y que tu vigencia de derechos esté activa.
Cómo sacaba mis citas
Mis citas con la médico familiar las sacaba en la app IMSS Digital o en persona, en mi Unidad de Medicina Familiar.
Qué es la vigencia de derechos
La vigencia de derechos es lo que determina si el IMSS te puede dar atención médica en ese momento. Si trabajas para un patrón, depende de que él siga pagando tus cuotas. Se consulta en línea con tu CURP, tu NSS y tu correo.
Si te quedas sin trabajo, no la pierdes de golpe: si cotizaste al menos ocho semanas seguidas justo antes, conservas durante las ocho semanas siguientes la atención médica, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria, y lo mismo tus beneficiarios (Ley del Seguro Social, art. 109).
Si perdiste la vigencia de derechos
Pasadas esas semanas, si no tienes un nuevo empleo, hay tres caminos, y no todos incluyen atención médica:
- Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio. Necesitas al menos 52 semanas cotizadas en los últimos 5 años. Cubre invalidez y vida, y retiro, cesantía y vejez —pero no da servicio médico.
- Incorporación Voluntaria al Régimen Obligatorio. Pensada para trabajadores independientes. Si contratas el esquema completo (enfermedades, maternidad y riesgos de trabajo), sí incluye atención médica. Tiene un costo que el IMSS actualiza; consúltalo en la página del trámite.
- Seguro de Salud para la Familia. También da atención médica, con una cuota anual que varía según el grupo de edad de cada integrante de la familia.
Si lo que quieres es seguir cotizando para tu pensión a futuro y no necesitas atención médica, la Continuación Voluntaria basta. Si lo que necesitas es que el IMSS te siga atendiendo a ti o a tu familia, es Incorporación Voluntaria o el Seguro de Salud para la Familia.
Los niveles de atención del IMSS
El Reglamento de Prestaciones Médicas del IMSS (art. 4) organiza la atención en tres niveles:
- Primer nivel: las Unidades de Medicina Familiar, donde se da atención médica integral y continua.
- Segundo nivel: los hospitales generales de subzona, zona o regionales, que atienden a los pacientes que les envían otros niveles para diagnóstico, tratamiento y rehabilitación, según la complejidad del padecimiento.
- Tercer nivel: las Unidades Médicas de Alta Especialidad (UMAE), que atienden sobre todo a los pacientes que les remiten los hospitales de segundo nivel y, por excepción, los de primer nivel.
El paso de un nivel a otro empieza con tu médico familiar: si considera que tu caso lo requiere, te envía a interconsulta con un especialista de tu unidad o de la unidad de apoyo que te corresponda (art. 68). Cuando el especialista resuelve o controla el problema, vuelves al cuidado de tu médico familiar, y el especialista le informa en los formatos institucionales qué tratamiento te dio y cuál sigue (art. 70).
Tus derechos al pedir una cita
Cuando llegues a tu cita, tienes derechos que vale la pena conocer —desde recibir información clara hasta pedir una segunda opinión. Te los explico a detalle en Tus derechos como paciente en el IMSS.
Fuentes
- IMSS, cita médica, consultado 2026-09-22.
- IMSS, Centro de Atención Telefónica, consultado 2026-09-22.
- IMSS, preguntas frecuentes sobre vigencia de derechos, consultado 2026-09-22.
- Reglamento de Prestaciones Médicas del IMSS, arts. 4, 68 y 70, Orden Jurídico Nacional, consultado 2026-09-23.
- Ley del Seguro Social, arts. 109 y 218-245, Cámara de Diputados, última reforma DOF 15 de enero de 2026.
- IMSS, trámite de Continuación Voluntaria (imss02007), consultado 2026-09-22.
- IMSS, trámite de Incorporación Voluntaria (imss02030c), consultado 2026-09-22.
Enlaces relacionados: Qué pasa en Urgencias del IMSS con una fractura, Tus derechos como paciente en el IMSS, Incapacidad del IMSS tras una fractura, IMSS y atención médica.